santiago en llamas 6 enero 2014

SANTIAGO EN LLAMAS

miércoles, 25 de septiembre de 2013

JULIO JIMENEZ ALQUINTA PIERDE RECLAMACIÓN POR ELECCIÓN DE ANDIME SECREDUC RM ANTE TRIBUNAL ELECTORAL

SENTENCIA POR EL SEGUNDO TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA  CUYO PRESIDENTE TITULAR ES EL
 MINISTRO MANUEL ANTONIO VALDERRAMA REBOLLEDO

Se resuelve que no ha lugar a la reclamación interpuesta por JULIO JIMENEZ ALQUINTA Y OTROS en contra de la elección llevada a cabo en la Asociación Gremial de Funcionarios de la Secreduc Metropolitana, ANDIME el 4 de abril del 2013.

En atención al acuerdo adoptado en Asamblea General del 8 de mayo del 2013, adjuntamos resultados de la reclamación interpuesta por el socio Julio Jimenez Alquinta y otros solicitada en esa oportunidad por la socia Marcela Flores Baussa. 









DECLARACIÓN DE TESTIGO MARCELA FLORES EN CONTRA DE LA ELECCIÓN


PRESENTACIÓN DE JULIO JIMENEZ Y PATROCINANTES EN CONTRA DE LA ELECCIÓN DE ANDIME SECREDUC RM.







ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

Santiago, 30 de abril de 2013

Señores
Tribuna Electoral Regional de Santiago
Presente

José Miguel León Bécar, R.U.N.: 9.413.794-2, Secretario Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Educación (ANDIME) Provincial SEREMI RM, viene a responder reclamación efectuada por Don Julio José Jiménez Alquinta R.U.N.: 5.643.594-8 respecto de las implicancias del artículo décimo transitorio de la Ley N° 20.529, SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN.
Para ello responderé punto por punto.
 
LOS HECHOS: 
 
1.      Efectivamente el día 4 de abril recién pasado, secllevó a cabo el acto electoral para renovar el directorio de nuestra organización gremial de funcionarios de la Secretaria Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, en adelante Andime Secreduc R.M., domiciliada en San Martín 642, Santiago Centro.
 
2.      El que suscribe, se presentó a las elecciones, obteniendo la cantidad de 29 votos, siendo electo como director (tercera mayoría); el recurrente obtuvo la cuarta mayoría con 28 votos.
 
3.      Respecto a este punto, existe una confusión extrema por parte del recurrente, ya que el artículo 31º de los estatutos de Andime son muy claros respecto a los requisitos para postular a la directiva de esta organización de funcionarios: 
 
“Para ser dirigente de los niveles Regional y Provincial se requiere una antigüedad como socio de dos años como mínimo. Además no haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, no haber sido objeto de suspensión por parte de la Asociación, no estar calificado en lista tres en el período anterior a la elección, ni haber sido objeto de medida disciplinaria que involucre suspensión del servicio en el período anterior a la elección”.
Por otra parte el artículo N° 5 del mismo documento, establece que la calidad de socio con todos sus derechos y deberes se mantienen para aquellos que tienen sus cuotas al día, que en la práctica se demuestra por el descuento que se realiza mensualmente a través de la liquidación de sueldo. El artículo N° 28 indica que tendrán derecho a voto todos aquellos funcionarios que tengan una afiliación de a lo menos 3 meses, es decir, en el caso de esta elección al 4 de enero de 2013. En otras palabras, todos aquellos funcionarios que al mes de diciembre de 2012 se encontraban con sus cuotas al día constituyen el padrón válido para la votación.
El que habla ha sido socio de Andime en forma ininterrumpida desde el año 2003, estando con sus cuotas al día, como lo confirma el documento emitido por dicha asociación para ser presentado en este Tribunal Electoral y que se encuentra dentro de los documentos presentados en esta apelación.  Nunca he formado parte de la nueva asociación creada por los funcionarios traspasados a la Superintendencia amparado en el Derecho de libre asociatividad consagrado en la Ley N° 19.296/94 y la prerrogativa consignada en el artículo 10 transitorio de la Ley N° 20.529 que establece el Sistema Nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización que permite a los funcionarios traspasados a cualquiera de las dos nuevas estructuras creadas en esta ley: Superintendencia o Agencia de Calidad, permanecer, HASTA POR DOS AÑOS, en la asociación de funcionarios de origen, es decir Andime. Esto se puede apreciar en el párrafo 9 del dictamen N° 20.383, de la Contraloría General de la República de fecha 04 de abril de 2013, en el que se lee:
“…los funcionarios traspasados bajo cualquiera de las modalidades que fija esa ley, podrán conservar su afiliación a las Asociaciones de Funcionarios y a los servicios de bienestar de sus instituciones de origen, en las condiciones y plazos que describe.”
 
4.      Efectivamente existe una Resolución Exenta Nº 7, de fecha 11 de enero de 2013, en fui destinado en comisión de servicio a la Secretaria Ministerial de Educación R.M. esta resolución se emitió por que existe un protocolo de acuerdo entre ambas entidades de que esos funcionarios, allí mencionados, se mantengan en el Ministerio de Educación y no ser trasladados a la Superintendencia de Educación, acuerdo firmado por el gremio y el superintendente (situación que se encuentra en mesas de trabajo).
Es importante recalcar que al crearse esta nueva institucionalidad, el recurrente incurre en un error gravísimo, al decir que este funcionario deja de pertenecer a esta organización gremial, lo que demuestra un desconocimiento absoluto de la Ley Nº 19.296, respecto de las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, que en su artículo 3º, establece:
“La afiliación a una asociación de funcionarios será voluntaria, personal e indelegable. 
Nadie podrá ser obligado a afiliarse a una organización de funcionarios para desempeñar un empleo o desarrollar una actividad. Tampoco podrá impedirse su desafiliación.
Ningún funcionario podrá pertenecer a más de una asociación, simultáneamente, en razón de un mismo empleo…”.
Si bien es cierto el día 19 de diciembre de 2012 se crea la asociación de funcionarios de la Superintendencia de Educación, yo no he participado en ella, se adjunta documento emitido por ASUME el que da cuenta que don José Miguel León Bécar, R.U.N.: 9.413.794-2, no pertenece y jamás perteneció a dicha asociación, es de suyo importante destacar, que en la presentación del recurrente en el punto 4, inciso 4 asevera, que este funcionario “es miembro de esta nueva asociación gremial de funcionarios –ASUME-”, con ello nuevamente nos encontramos con una aberración y que habla de la nula investigación hecha por el recurrente.
5.      En tales circunstancias don José Miguel León Bécar, R.U.N.: 9.413.794-2, no estuvo impedido y no puede ser inhabilitado de haber participado y haber sido electo, director de Andime, ya que lo ampara la Ley y cumple con todos los requisitos establecidos por los estatutos de Andime.
6.      En síntesis, podemos apreciar que la presentación de los hechos por parte de Don Julio José Jiménez Alquinta R.U.N.: 5.643.594-8, existen evidentes errores de apreciación e interpretación de la Ley, además funda sus argumentos en mentiras que da por verdades absolutas.
 
 
EL DERECHO:
 
Por expresa disposición del artículo 10 transitorio de la Ley 20.529 nuestro legislador imperativamente señala que:
 
Artículo décimo: “ Los funcionarios de planta y a contrata del Ministerio de Educación o servicios dependientes o que se relacionen por su intermedio, que sean traspasados bajo cualquiera de las modalidades que fija esta ley, podrán conservar su afiliación a las Asociaciones de Funcionarios y a los servicios de bienestar de sus instituciones de origen. Dicha afiliación se mantendrá vigente hasta que en las instituciones a las que fueren traspasados hayan constituido sus propias asociaciones o servicios de bienestar. Con todo, transcurridos dos años contados desde la fecha en que dichas instituciones estén plenamente operativas de acuerdo a lo establecido en el o los decretos con fuerza de ley a que alude el artículo tercero transitorio, cesará, por el solo ministerio de la ley, su afiliación a las asociaciones de funcionarios y a los servicios de bienestar de la institución de origen”. 
 
En consecuencia don José Migue León Bécar, R.U.N.: 9.413.794-2, no está impedido de ser miembro de Andime y tampoco de ser director del mismo, ya que cumple con todos los requisitos legales que le impone la Ley Nº 20.529, La Ley Nº 19.296 y los estatutos de Andime, ya que a mayor abundamiento se entrega certificado de Andime, donde se establece la fecha de afiliación y que se encuentra con las cuotas pagadas, al día, además se entrega copia de la liquidación de sueldo de los meses de septiembre de 2012 a abril de 2013.
 
                               POR TANTO, en merito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente,
 
SÍRVASE S.S. tener por respuesta, al reclamo electoral interpuesto por Don Julio José Jiménez Alquinta R.U.N.: 5.643.594-8.
 
PRIMER OTROSI: sírvase S.S. tener por acompañado los siguientes documentos:
 
1.-Copia de Estatuto de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Educación Andime.
 
2.-Documento emitido por Asume, respecto de la no existencia de don José Migue León Bécar, R.U.N.: 9.413.794-2, en los registros de dicha asociación.
 
3.-Certificado de afiliación a Andime.
 
4.-Liquidación de sueldo de los meses de septiembre de 2012 a Abril de 2013.
 
5.- Oficio N° 20383 de fecha 04 de abril de 2013, de la Contraloría General de la República.
 
6.- Ordinario N° 1112, de fecha 20 de julio de 2009, del Director Regional del Trabajo Metropolitana Poniente.


SEGUNDO OTROSI: Sírvase S.S., en tener presente que para acreditar mis respuestas, me valdré de todos los medios de prueba legal, en especial, testigos, oficios, documentos y absolución de posiciones.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

PERCEPCIÓN DE LA GESTIÓN EN LA SECREDUC RM DE LOS SOCIOS DE ANDIME







¡UNA CAPACITACIÓN DE LUJO!
Los días 13 y 14 de agosto los ATP’s recibimos una capacitación de lujo.  Entendimos al fin la razón por la cual se realizan capacitaciones regionales en vez de las zonales en distintas partes del país. El Jefe de la DEG, con su histrionismo que lo caracteriza, nos indicó que nosotros lo pedimos (¿?).  Me imagino que ello sucedió a través de un proceso de consulta tan expedito que nunca me percaté.  También nos indicó que esta modalidad permitirá una mayor contextualización regional que no se podía dar  al estar con profesionales de otras regiones.  Ah, se me olvidaba lo más importante: el gran salto cualitativo para la asesoría.  Este salto copernicano consiste en que “este año no asesoramos en tríadas sino en duplas”.  Quedé tan impresionado que pensé ¿Por qué no hacerlo más impactante y realizar la asesoría de forma individual y así  triplicar su efectividad? Parece que no estaba enterado de la falta de supervisores/as que hay en cada provincial que impidieron a las triadas funcionar como ellos lo planificaron
Dijo otras cosas, pero no logré conectarlas o mi mente las bloqueó como un mecanismo de defensa lógico.   Algo como que se están diseñando programas centralizados para hacer más pertinente la asesoría (¡plop!).  Lo anterior sumado a la profundidad de los materiales de apoyo.  ¡Tan pero tan profundos que no se les ve el fondo!
No recuerdo los objetivos de la jornada.  Debo haber estado distraído cuando se explicitaron.
Súper interesantes las exposiciones de la UCE, pero todavía no entiendo a qué objetivo servían.  Habrá sido un insumo para resolver el dilema ¿Cómo hacer operativo el foco en lo curricular en la asesoría desde nuestros contextos? Perdón, se me olvidaba que la cobertura es exigible sin tomar en cuenta los contextos. Pero para ellas era todo demasiado perfecto pero perfecto, demasiado interesante pero interesante, lindo lindo… a lo Bolocco.  Sin embargo para nosotros fue demasiado básico para las prácticas que debemos instalar en las escuelas. Será porque la última vez que fueron a una escuela fue cuando egresaron y precisamente no son iguales a las que nosotros visitamos


Luego una exposición que nos iluminó respecto de los recursos curriculares y de apoyo y cómo se articulan. Trabajamos todos los días con ellos, les explicamos a los equipos directivos y técnicos respecto de su utilidad y sentidos.  Ya nos sabemos casi de memoria el modelo de gestión con sus áreas, modelos y prácticas (antes elementos de gestión), por lo que la exposición y posterior taller nos permitió a todos, al fin, tener claro como todos estos elementos se articulan.  Esta exposición  se parecía a una de esas tantas que hacen las editoriales promocionando sus libros.
También se nos recomendó algo singular: en la última visita evaluar el PME…nunca se nos habría ocurrido.
Al final de la tarde del segundo día terminamos con un taller en el que se nos situaba en distintos escenarios y proponer tres acciones a realizar desde la asesoría. Uf, al fin algo sobre lo cual discutir, pero que expresa lo que realizamos diariamente.
He reafirmado que tienen un menosprecio de nuestras competencias. Por ejemplo, en la última capacitación zonal de junio un profesional de la DEG viaja miles de kilómetros para “enseñarnos” cómo ingresar al portal SIMCE  para bajar los resultados…faltó que nos explicara que el SIMCE es una prueba estandarizada; o en esta capacitación dónde una de la expositoras de la UCE nos preguntaba si sabíamos algo de los Niveles de Logro o de Evaluación.
Creo que todos, a pesar de todo,  hemos aprendido mucho en esta capacitación, que bueno ya lo sospechábamos desde la última zonal: no tienen respuesta a nuestros cuestionamientos, se les acabaron los temas a tratar en las capacitaciones o, mejor dicho, tienen tanta confusión que los temas se incorporan sin conexión ni profundidad y, por cierto, lo de la contextualización regionales una mala excusa para no hacer tan evidente lo anterior.
La única duda que me quedó, después de haber sacado cuentas, sumado, restado, no me cuadran los gastos entre dos días en el Hotel  Fundador sin alojamiento y traslados, con 4 ó 5 noches en Punta Arenas. O nos pensaban llevar caminando, hacernos dormir en algún albergue del Hogar de Cristo y darnos un vale de colación de la JUNAEB, por que sólo así me cuadra las cuentas.
EL SUPERVISOR DISTRAÍDO