Santiago, 27 de Enero
del 2016
SEÑOR
SECRETARIO
MINISTERIAL DE EDUCACIÓN
REGIÓN
METROPOLITANA
PRESENTE
Respetado Señor:
Un saludo muy fraternal para usted y su equipo de trabajo. El motivo de
esta carta es hacer presente a usted la situación de convivencia laboral al
interior de la oficina de partes y su tratamiento por parte de la institucionalidad.
DEL TRATAMIENTO DE LAS DENUNCIAS
DE ACOSO LABORAL Y SEXUAL
A raíz de la representación de varios de nuestros socios a esta Mesa Directiva,
de situaciones de maltrato de parte de una funcionaria de la Oficina de Partes, venimos a representarle el modus
operandi con el que ha actuado la institucionalidad. Esta debería ceñirse
principalmente al principio de celeridad y a todas las etapas contenidas en la Resolución
exenta Nº 6706 del 5 del 12 del 2011 que
aprueba Manual de Procedimiento interno para investigación de denuncias y
sanción sobre temas de convivencia
laboral, situación que no ha sido tratada conforme a este reglamento.
1.
La situación ocurrida en la Oficina de Partes ha sido
motivo de reiteradas denuncias, la mayoría de tratamientos verbales, acuerdos
intra oficina, reuniones con los funcionarios de la cual no se ha dejado
respaldo documentado. Tampoco se ha actuado con la suficiente previsión
respecto a los comportamientos organizacionales indeseados, toda vez que es la
prevención, la mejor herramienta para evitar la aparición y/o mantención de
situaciones que pudieran favorecer o implicar algún tipo de acoso. En
definitiva no se han realizado los máximos esfuerzos en favor de la
construcción y mantención de un clima de trabajo en que prime el respeto y la
camaradería, por sobre cualquier otra distinción.
2.
Se ha prolongado excesivamente la etapa de
levantamiento de información, a juzgar por la falta de notificación de un
informe, sobre las situaciones de convivencia laboral al interior de la unidad
de Partes que, a la fecha, son de larga data. Se ha actuado de manera verbal en
la mayoría de los casos sin dejar registro como indica la formalidad propia de
los procedimientos administrativos aplicables a este tipo de denuncias. Al
respecto cabe hacer presente que hay que tener en consideración la
documentación contenida en esa unidad sobre denuncias de Victor Gutiérrez sobre
acoso laboral vertical acaecidas en esa
misma dependencia. Con fecha 29 de julio
del 2015 fue solicitado por parte de esta mesa, que se actuara conforme al
reglamento sobre denuncias de convivencia laboral. En esa oportunidad se exigió
que se dejara constancia escrita de lo acaecido.
3.
El informe para
establecer si los hechos efectivamente constituyen un fenómeno de acoso laboral,
o simplemente se trata de problemas interpersonales, generados por interacción
diaria y las situaciones de estrechez en las que ahí se labora, dirigido al
Secretario Ministerial de Educación, no
se ha realizado dentro de los tres días hábiles indicados en el procedimiento
establecido. Con este informe la autoridad podría ponderar si instruye una
Investigación Sumaria o no. En caso de instruirse la Investigación sumaria
debería ser asumida por un funcionario de alto nivel jerárquico y validación
institucional, lo cual permitiría esclarecer los hechos. Y en caso que no haya
mérito, a la luz de este informe, debería derivar en una reasignación de funciones de las
personas de las personas que allí laboran, porque lo que sí es evidente, es que
algún tipo de problemas de relaciones humanas, allí existen.
4.
Al retrasar el informe se está eludiendo la
responsabilidad institucional en la medida que ahí efectivamente existen
problemas de convivencia laboral pues, si efectivamente existiese acoso sexual
en este último caso denunciado, lo amerita por su gravedad o violencia, es
conveniente separar físicamente al denunciante de la denunciada, tanto del
espacio físico que comparten, como de la dependencia jerárquica (si
corresponde), tomando medidas de resguardo, que no signifiquen menoscabo para
ninguna de las partes.
5.
Es menester ponderar también en este informe si el
acoso ha sido infringido durante un largo tiempo y ha generado daños físicos o
psicológicos en la salud de la víctima, o al supuesto victimario en donde se
sugiere tomar contacto con ACHS, para solicitar una “evaluación de daño” o
“posible enfermedad profesional”, la cual también debiese pronunciarse acerca
de si este daño se debe o no a experiencias vividas en el lugar de trabajo.
6.
Ante situaciones de acoso, el entorno laboral de la
víctima y el victimario también se resiente fuertemente, por lo cual se hace
imprescindible diseñar e implementar acciones de mejoramiento del clima laboral
en esa unidad.
7.
El tratamiento de los hechos acaecidos en esta oficina
debe ser sacado a la brevedad del Departamento de Administración, pues se trata
de una unidad de este departamento a fin de cautelar la imparcialidad y donde
se dé las condiciones y habilidades necesarias, para tener una visión objetiva
de los procesos, sin sesgos ni conducta estigmatizadora para ninguna de las
partes involucradas.
8.
Los funcionarios implicados en las denuncias deben
tener claro su responsabilidad, puesto que una acusación falsa, también es
objeto de medidas disciplinarias. Todos estos procedimientos están en
concordancia con lo estipulado en el
Código del Trabajo y a la ley 20.005, que tipifica y sanciona el acoso sexual.
En consecuencia, al
no actuar con prontitud ante las graves acusaciones que una funcionaria de la
oficina de partes está haciendo contra un funcionario subalterno de esa misma
unidad, no documentar los reclamos anteriores sobre maltrato en esa unidad, se
corre el riesgo de ahondar en el problema de las relaciones humanas allí
descritas y crea un ambiente no propicio para el buen desempeño en esa unidad.
Solicitamos a usted
a obrar dentro de lo contemplado en los reglamentos vigentes, pidiendo la
evacuación del informe de convivencia laboral a fin de dar por zanjado la
problemática ya descrita o emprender la investigación de los hechos si así lo
recomienda la persona encargada del tema. Sin perjuicio del informe se debe
proceder a ejecutar las etapas previas tales como la separación de denunciante
del denunciado. Adjuntamos antecedentes,
Esperando sus
buenos oficios, le saluda atte
HUGO MORALES VERA
JULIO JIMENEZ ALQUINTA
LORENA DÍAZ SILVA
DIRECTIVA PROVINCIAL ANDIME SECREDUC RM
c.c.
SUBSECRETARIA
DE EDUCACIÓN
ANDIME
NACIONAL
ARCHIVO
ANDIME SECREDUC RM.