santiago en llamas 6 enero 2014

SANTIAGO EN LLAMAS

lunes, 24 de agosto de 2009

FIJA POSTURA GREMIAL RESPECTO A NUEVA ASIGNACIÓN DE FUNCIONES A LOS SICÓLOGOS. LEY 20.244.

Señor
VICTOR SCHUFFENEGER NAVARRETE
SECRETARIO MINISTERIAL DE EDUCACIÓN
REGION METROPOLITANA
PRESENTE


En atención al Convenio de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, para dar cumplimiento a la Ley 20.244, que establece la acreditación de idoneidad psicológica de los Asistentes de la Educación que ingresen al sistema y que deben certificarse con un informe entregado por el Servicio de Salud correspondiente y una vez reunidos con los sicólogos de la región, nuestra asociación considera necesario puntualizar nuestra postura sindical respecto a esta nueva función instalada en el Mineduc:
1. Este Convenio es producto de los problemas manifestados por Salud para dar cumplimiento al mandato de la ley. Así, establece que los(as) psicólogos(as) de los Departamentos Provinciales realizarán la evaluación de los asistentes de la educación. Además, deben emitir un certificado de competencia laboral para el cargo, que será visado por los Departamentos de Recursos Humanos de los Servicios de Salud.
2. El Secretario Ministerial de la Región Metropolitana manifestó al Subsecretario que, si bien existía la disposición para resolver el problema, no existen las condiciones materiales, de infraestructura, de experticia, y otros, para asumirla adecuadamente. Sin embargo, el Subsecretario de Educación mantiene la posición de dar cumplimiento al Convenio y así con la Ley, indicando realizar la tarea en el más corto plazo.
3. Debido a lo anterior, el día 8 de junio del presente, cuatro profesionales psicólogos(as) de diferentes Departamentos Provinciales, fueron convocados(as) a una reunión con el Sr. Gonzalo Vergara Arias, Jefe de Gabinete del Sr. Secretario Ministerial, con el propósito de constituir una Comisión de Certificación de Competencias para Asistentes de la Educación. En dicha reunión, los(as) psicólogos(as) indican en Carta entregada a esta COREME, que se le hizo notar al Sr. Jefe de Gabinete que “por razones de ética profesional los psicólogos no podemos asumir una tarea para la cual se requiere experticia y dominio en un área de la sicología organizacional totalmente ajena al quehacer de los Departamentos Provinciales”.
4. Con fecha 24 de julio, los(as) sicólogos(as) de los Departamentos Provinciales entregan una Carta formal a esta COREME donde apelan a sus representantes gremiales para la defensa de su posición, ya que consideran que la labor a la que se los convoca es una tarea que, de acuerdo a la Ley 20.244, no les corresponde realizar. Asumir la evaluación sin contar con las competencias y especialización necesaria los obliga a una acción que compromete su ética profesional y que la selección de personas implica asumir responsabilidades tanto sobre el futuro de los seleccionados como sobre los estudiantes de los establecimientos educativos.
En consideración a los antecedentes previamente expuestos, esta Coordinación Regional de nuestra Asociación se hace un deber señalar que:
1. Debido a que el Convenio de Colaboración firmado entre el Ministerio de Educación y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, para dar cumplimiento a la Ley 20.244, corresponde a un proceso administrativo con Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República, corresponde a los profesionales de área asumir dicha función; no sin antes mediar los proceso de inducción, capacitación y dotación de las herramientas pertinentes para un buen desempeño.
2. Por otro lado, esta Coordinación no respalda la externalización de funciones que pueden ser cubiertas por personal del Ministerio de Educación. Sin embargo, en este caso, debe realizarse primero, dada la inexperiencia que en esta área han señalado los psicólogos(as) de la región un procedimiento capacitación en el área específica que se requiere para desarrollar adecuadamente esta tarea.
3. Del mismo modo se requiere de un proceso de inducción y de transferencia tecnológica, que realice el Ministerio de Salud, donde entregue los lineamientos bajo los cuales ellos realizan un proceso de idoneidad psicológica para un cargo.
4. Asimismo se requiere que se entregue la infraestructura adecuada para realizar este tipo de exámenes a los potenciales ciudadanos de la región que requieran de esta acreditación.

De acuerdo a lo anterior, esta Coordinación sostiene y defiende que sólo con este proceso de inducción y la existencia de los materiales y recursos pertinentes, es posible realizar la labor solicitada a los(as) psicólogos(as) de la región.
Si este proceso no se produce, no es posible realizar una labor de calidad, que responda a los requerimientos de la Ley y por sobre todo, que respete y resguarde los derechos de las personas evaluadas y a quienes éstas podrían atender. Además, que sólo de esta forma, se podrá proteger la ética de los(as) profesionales psicólogos(as) que solicitan el apoyo a nuestra Asociación.


Para conocimiento y fines le saluda atentamente a usted,




HUGO MORALES VERA
JAIME OYARZÚN LOPEZ


JUAN GALLARDO MUÑOZ
WILDA SAN MARTÍN LEYTON
SUSANA MUÑOZ
EDUARDO PASCUA LÓPEZ
MESA COORDINADORA COREME RM

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